Continuidad de la violencia de género

El marco jurídico-normativo para combatir la violencia contra las mujeres se ha ido ampliando y especializando para aportar una respuesta más eficaz, firme y rotunda para defender y proteger los derechos de las mujeres. Es en 1979 desde la asamblea general de la ONU y dentro de la declaración sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, cuando por primera vez aparece el término de discriminación contra la mujer vinculado a las diferencias de género.
Desde entonces y paulatinamente, los organismos internacionales han tomado conciencia y han comenzado a otorgar un tratamiento específico para esta violencia. En 1993 en la Declaración sobre la eliminación de la violencia hacia la mujer (ONU), se estable la definición, de violencia de género. Esta denominación sentó las bases para que en la plataforma de acción de Beijing, aprobada en la IV conferencia mundial de Naciones Unidas sobre la mujer (1995) se reconociera que la violencia ejercida contra las mujeres es un obstáculo para lograr los objetivos de igualdad, desarrollo y paz, y que viola y menoscabo el disfrute de los Derechos Humanos y las libertades fundamentales por las mujeres y se estableciera la violencia contra la mujer como un área de especial interés y como representación de los principales obstáculos para el avance de la mujer.
Las distintas instituciones a través del tiempo fueron adoptando resoluciones y planes con el objetivo de adoptar un tratamiento específico a esta difícil problemática social. A grandes rasgos, se produjo una mayor definición y concreción de las distintas y posibles formas de ejercer este tipo de violencia contra la mujer, diferenciándola de otras formas de violencia.
Con el aumento de la violencia de género se comenzaron a establecer acciones legislativas, judiciales y asistenciales para garantizar la protección de la mujer victima de violencia de género y acciones más contundentes contra los ejecutores de la misma. Paralelamente hasta el día de hoy, se fomentan políticas de mayor igualdad entre hombres y mujeres.

 

 

Los grandes avances que se han abordado en cuanto a esta problemática son dos Leyes importantes:

 

  •  LEY Nº 9198: Ley familiar

Ley Provincial Nº 9198 de Prevención de la Violencia Familiar, que establece el marco preventivo-asistencial y el procedimiento judicial a seguir para la atención de situaciones de violencia familiar que se produzcan

La ley instala en la agenda del estado provincial  la oficialización de la problemática  pero queda en evidencia la  ausencia de políticas   para su abordaje.  En este contexto, los Juzgados de Paz del interior de la provincia se  enfrentan   a la realidad de asumir una responsabilidad para la cual no  están preparados, no se  cuenta con los recursos necesarios ni la capacitación de los operadores judiciales.

  •  LEY NACIONAL 26.485

Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales